Identificación
Componentes | Descripción |
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Fecha o período | 6 a 10 de septiembre |
Comisión | Trabajo de Comisiones |
Tema | Reglamento |
Sesiones | Resumen general |
Fuente | convencion.tv |
Integrantes | Integrantes de las Comisiones respectivas |
Profundización y contenido
Componentes | Descripción |
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Síntesis | -Como parte de su trabajo, las comisiones provisorias acordaron diversas normas reglamentarias o procedimentales. Al mismo tiempo, también propusieron muchas disposiciones que tenían un sentido mas sustantivo o de fondo.
-Para ordenar el debate, el Secretario de la Convención propuso que una serie de materias debían aprobarse por mayoría de 2/3. Es importante recordar que la Constitución dispone que la Convención deberá aprobar las normas constitucionales y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de 2/3 de sus miembros en ejercicio. Ahora bien, la propuesta del Secretario -autorizada por la Mesa- debía ser votada el día jueves 9 de septiembre. -La propuesta generó molestia entre algunos convencionales, en particular de los representantes pertenecientes a los pueblos originarios, puesto que implicaba que los mecanismos de participación y consulta indígena debían aprobarse por mayoría de 2/3. Lo anterior obligó a suspender la sesión para llegar a una fórmula de consenso. -En lo medular, la fórmula que se acordó fue la siguiente: “La ratificación por el Pleno de las normas calificadas de dos tercios deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de las y los convencionales constituyentes en ejercicio”. Dicha votación tendrá lugar el martes 14 de septiembre. -Otro aspecto que marcó la semana fue la situación del Convencional Rodrigo Rojas V. Como se señaló en el informe anterior, el Convencional Rojas reconoció que no tenía cáncer, y que había mentido sobre su situación. -El problema radica en que la Constitución no establece un mecanismo para permitir la renuncia de los convencionales. En esta materia, se aplican las mismas normas que en el caso de los parlamentarios, las cuales solo contemplan el cese del cargo por razones de enfermedad grave, situación que debe ser calificada por el Tribunal Constitucional. -Durante la semana se discutieron diversas alternativas para dar una salida política o institucional a esta situación. |
Observaciones
Componentes | Descripción |
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Observaciones | Sin observaciones |
13 de septiembre, Observatorio Constituyente UdeC